El Gobierno publicó este viernes en el Boletín Oficial el Decreto 693/2026, que vuelve a diferir la aplicación plena del impuesto sobre los combustibles líquidos y del impuesto al dióxido de carbono, y la lleva al 1° de septiembre.
Esa fecha ya se corrió once meses, sin que ninguna de las prórrogas anunciara que habría otra.
El Decreto 617/2025, firmado el 28 de agosto del año pasado, la había fijado en su artículo 1°. Desde entonces, cada mes apareció una norma nueva que volvió a tocarla. El 302/2026 la llevó de mayo a junio, el 405/2026 de junio a julio, el 562/2026 a agosto y el 693 la deja en septiembre.
La ley 23.966 y el Decreto 501/18 previeron en su momento que los montos fijos del tributo se actualizaran cuatro veces al año, en enero, abril, julio y octubre, siguiendo el índice de precios del INDEC. La cadencia trimestral que fija la norma quedó reemplazada, en los hechos, por una cadencia mensual de excepción firmadas por decreto.
Ajustes que no siguen un criterio único
El diferimiento no es un congelamiento.
Cada decreto concede una porción del aumento pendiente y empuja el resto. Lo que cambia mes a mes es el tamaño de esa porción.

En septiembre de 2025, el primer tramo del 617 sumó $ 10,523 por litro de nafta en el impuesto a los combustibles líquidos y $ 0,645 en el de dióxido de carbono. En mayo de 2026, ocho meses y bastante inflación después, el 302 concedió $ 10,398 y $ 0,637: menos, en pesos nominales, que el tramo del año anterior. En junio no hubo tramo nuevo. El 405 se limitó a estirar la ventana de mayo hasta el 30 de junio, de modo que el mes transcurrió sin incremento. En julio, el 562 saltó a $ 21,192 y $ 1,298, casi el doble de cualquier tramo previo. Y ahora agosto vuelve a $ 10,572 y $ 0,648, la mitad exacta de julio y casi el mismo número que once meses atrás.
El gasoil sigue el mismo dibujo. Para el área que la ley reserva a Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, el partido de Patagones y el departamento de Malargüe, el tramo diferencial pasó de $ 4,644 en septiembre de 2025 a $ 10,266 en julio y a $ 5,150 en agosto.
La justificación, en cambio, no se movió nunca. Los cinco decretos repiten la misma fórmula palabra por palabra: la medida se toma "con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible".
La firmaron tres jefes de Gabinete distintos, Guillermo Francos, Manuel Adorni y Diego Santilli, siempre junto a Luis Caputo y a Javier Milei.
El impacto en el surtidor
Para el consumidor final, el efecto del diferimiento es que el componente impositivo del litro sube en cuotas chicas en vez de dar un salto.
Para el fisco, es resignación de recaudación mes a mes. Y para la industria, es una variable menos previsible en la formación del precio, porque el tamaño del tramo se conoce el último día hábil del mes anterior.
Ese último punto pesa en un momento particular de la pizarra.
El 27 de julio, Horacio Marín afirmó que "todavía no llegamos al valor de equilibrio para bajar el precio de las naftas" y agregó que "con estos precios se dilata más". El mecanismo de alisamiento que YPF puso en marcha a principios de abril, y que el resto de la industria adoptó sin que mediara regulación, había entrado semanas antes en la fase inversa del buffer, la etapa en la que la compañía recupera el margen que resignó cuando el barril trepaba, y esa recuperación quedó a mitad de camino. Tampoco es la primera vez que el Estado interviene sobre ese precio por una vía que no es la tarifaria: en marzo, Energía autorizó más bioetanol en el corte con el objetivo declarado de amortiguar la suba.
El remanente acumulado, el aumento completo que debería entrar el 1° de septiembre, no está tabulado en ningún artículo: resulta de restar las cuotas ya concedidas a las actualizaciones pendientes de 2024, 2025 y el primer trimestre de 2026.