Energía adelanta a 2029 la libertad de contratos para las centrales existentes y abre el mercado mayorista todos los meses

La Resolución 293/2026 lleva del 20% al 60% el tope de contratos de las térmicas e hidroeléctricas existentes antes del invierno de 2027, abre desde diciembre el trámite mensual de ingreso de grandes usuarios y amplía el margen de los generadores con gestión propia de combustible para ofertar por debajo del valor de referencia

Por Redacción - Electricidad

La Resolución 293/2026 modifica las Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva en tres frentes

Hace un año, la Secretaría de Energía publicó la Resolución 400/2025 y puso en marcha la normalización del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). El recorrido que fijó entonces era largo. La generación existente quedaba atada a un tope del 20% para contratar con grandes usuarios, y la libertad plena para contratar recién llegaba el 1 de enero de 2030. El miércoles, la cartera que conduce María Carmen Tettamanti le recortó un año a ese camino y le agregó escalones intermedios.

La Resolución 293/2026 modifica las Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva en tres frentes. El primero es cómo entran los grandes usuarios al mercado. El segundo, cuánta energía pueden comprometer en contratos las centrales existentes. El tercero, con cuánto margen compiten los generadores térmicos por el despacho.

Del 20% al 60% antes del frío

El cambio de fondo está en el Mercado a Término. Alcanza a las centrales térmicas al spot y a las hidroeléctricas al spot no comprendidas en la Generación Asignada que ingresaron al sistema antes del 1 de enero de 2025, el parque que hasta ahora vende la mayor parte de su energía en el mercado spot, con una remuneración cuyos parámetros fija la Secretaría. Hoy esas máquinas pueden destinar como máximo el 20% de su producción mensual a contratos con grandes usuarios. El cronograma nuevo es este:

  • El tope sigue en 20% hasta el 31 de marzo de 2027.
  • Sube a 60% desde el 1 de abril de 2027.
  • Pasa a 80% desde el 1 de abril de 2028.
  • Desaparece el 1 de enero de 2029, un año antes de lo que preveía la Resolución 400.

El propio Gobierno ata el primer escalón al invierno. El comunicado oficial ubica el salto al 60% antes del próximo invierno y lo presenta como una forma de que quienes entren al mercado tengan más oferta disponible en los meses de mayor consumo.

La norma mantiene, además, la posibilidad de que esas centrales contraten toda su producción mensual con distribuidoras para cubrir la Demanda Estacionalizada No Cubierta. Y extiende a todas las hidroeléctricas alcanzadas, no solo a las provinciales, la opción de contratar con distribuidoras para abastecer a los grandes usuarios de distribución (GUDI) sin un tope porcentual específico. Del lado de las distribuidoras, la prórroga del régimen renovable sancionada por la Ley 27.828 ya había sumado al costo que trasladan a tarifa el promedio ponderado de sus compras en el Mercado a Término hechas en procesos competitivos.

Un trámite por mes para industrias y comercios

Para las empresas que quieren comprar su energía directo, la 293 cambia la forma de entrar. Desde el 1 de diciembre de 2026, industrias, comercios y empresas con consumos relevantes podrán pedir su incorporación al MEM como Grandes Usuarios Mayores (GUMA) o Menores (GUME) todos los meses. Hasta ahora solo podían hacerlo en ventanas trimestrales. Las solicitudes se presentan ante CAMMESA hasta el último día hábil del mes previo al Mes de Aprobación. Enero de 2027 será el primer Mes de Aprobación con el procedimiento nuevo, y los ingresos aprobados ese mes rigen desde el 1 de febrero.

Los plazos son cortos. CAMMESA tendrá diez días hábiles para verificar requisitos e informar a la Secretaría. Energía, a su vez, tendrá hasta tres días hábiles para publicar en el Boletín Oficial cada solicitud o la nómina de solicitantes, que quedará expuesta dos días hábiles. Si otro agente del mercado presenta una objeción fundada, el caso pasa al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENRGE), que tiene 20 días corridos para resolver; si el ente no se expide en ese plazo, la objeción se da por válida. La aprobación tácita desaparece: cada ingreso necesitará autorización expresa de la Secretaría.

La puerta ya estaba abierta. Durante 2026, resoluciones como la 27, la 104, la 108 y la 112 autorizaron incorporaciones de GUMA y GUME. La 293 cambia la frecuencia con que se abre y no obliga a ningún consumidor a pasar.

Más margen para quien consiga el gas barato

La tercera pieza toca directamente los ingresos de las generadoras. Con la Resolución 21/2025 primero y la 400 después, las térmicas al spot quedaron habilitadas para gestionar su propio combustible, mientras CAMMESA sigue comprando como proveedor de última instancia para las centrales con contratos de abastecimiento y para las que no lo gestionan. Los generadores con gestión propia de combustible declaran su Costo Variable de Producción (CVP) dentro de una banda alrededor de un valor de referencia, y la 293 abre esa banda hacia abajo y la angosta hacia arriba.

El piso para declarar el CVP, hoy en el 75% del valor de referencia, baja al 50% en 2027 y al 25% desde 2028. El margen admitido por encima de la referencia se achica del 25% actual al 17,5% en 2027 y al 10% desde 2028.

En la práctica, un generador que consiga gas por debajo del precio de referencia podrá ofertar muy por debajo del valor de referencia y ganar lugar en el orden de despacho. Las máquinas que apostaban a cobrar por encima tendrán cada vez menos espacio.

El incentivo ya tiene un antecedente. Tras la entrada en vigencia de la Resolución 400, Pampa Energía redirigió producción propia de gas hacia sus ciclos combinados más eficientes, entre ellos Loma La Lata. En el cuarto trimestre de 2025, el margen bruto de generación de la compañía subió a u$s 26,6 por MWh, 16% más que un año antes. La 293 amplía ese margen de maniobra para todo el que tenga gas barato que poner detrás de su oferta.

La escala es grande. El parque termoeléctrico argentino suma unos 25.100 MW instalados, según el registro de CAMMESA al tercer trimestre de 2025, y es la mayor fuente de generación firme del sistema. Una parte de ese parque es la que el 1 de abril de 2027 quedará habilitada para comprometer el 60% de su producción con grandes usuarios.