El Poder Ejecutivo Nacional publicó el Decreto 921/2025 en el Boletín Oficial, por el cual se dispone que las ampliaciones prioritarias del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica se ejecuten bajo el régimen de concesión de obra pública establecido en la Ley N° 17.520, con licitación pública nacional e internacional y a título gratuito.
La medida se enmarca en el Plan Nacional de Ampliación del Transporte Eléctrico, destinado a incorporar capacidad adicional al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) para mitigar riesgos de cortes de suministro, robustecer la red nacional y resolver restricciones estructurales en el transporte de energía desde los centros de generación hacia los de consumo.
Obras prioritarias iniciales
Las primeras obras afectadas son las definidas en el Anexo de la Resolución N° 715/2025 del Ministerio de Economía y referenciadas en la Resolución N° 311/2025 de la Secretaría de Energía:
- AMBA I: Refuerzo en el Área Metropolitana de Buenos Aires, región que concentra aproximadamente el 40% de la demanda nacional.
- Línea 500 kV Río Diamante – Charlone – O’Higgins: Interconexión entre la región Cuyo y el centro del país, orientada a la evacuación de generación desde esa zona.
- Línea 500 kV Puerto Madryn – Choele Choel – Bahía Blanca: Enlace entre la Patagonia y el sistema troncal nacional.
Estas líneas operan a extra alta tensión (500 kV) y se integrarán al SADI como ampliaciones realizadas por Transportistas Independientes, con construcción, operación y mantenimiento a cargo del concesionario privado, bajo supervisión de la transportista principal.Detalles técnicos y jurídicos de la medida
- Mecanismo: El concesionario asume los riesgos de ejecución y recibe remuneración mediante peajes o tarifas reguladas a cargo de los usuarios beneficiados, sin compromiso directo de recursos fiscales. Se incorpora un nuevo Título VI ("Ampliaciones de Transporte por Concesión de Obra Pública") al Reglamento de Acceso a la Capacidad Existente y Ampliación del Sistema de Transporte (Anexo 16 de Los Procedimientos).
- Autoridades: La Secretaría de Energía elabora pliegos, convoca licitaciones, evalúa ofertas y adjudica; el Ministerio de Economía actúa como Autoridad de Aplicación para supervisión y control de contratos.
- Garantías contractuales: Incluyen cláusulas de equilibrio económico-financiero, ajustes por variaciones y protección para financistas, conforme al artículo 7° de la Ley N° 17.520.
- Contexto normativo: Se basa en la emergencia energética declarada por Decreto N° 55/2023 (prorrogada hasta julio 2026), la Ley N° 24.065 (marco regulatorio eléctrico) y disposiciones para promover inversiones privadas en ampliaciones.
El ministro Luis Caputo señaló en redes sociales que las obras se realizarán bajo este régimen, con participación del sector privado.El Ministerio de Economía indicó que avanza la mejora del sistema eléctrico mediante inversión privada. Restan la publicación de pliegos licitatorios y el desarrollo de las adjudicaciones.
Fuentes oficiales:
- Decreto 921/2025: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/336788/20251229
- Comunicado oficial: https://www.argentina.gob.ar/noticias/avanza-el-plan-nacional-de-ampliacion-del-transporte-electrico
- Posteo del Ministro Caputo: https://x.com/luiscaputoar/status/2005606076838748279
- Posteo del Ministerio de Economía: https://x.com/mineconomia_ar/status/2005595160671912349