El Banco Central habilitó a las entidades financieras y a las casas de cambio a dar acceso al mercado de cambios para pagar primas y servicios auxiliares de reaseguros contratados en el exterior, cuando la aseguradora local emitió una póliza que cubre riesgos de construcción y operación de un proyecto de un Vehículo de Proyecto Único (VPU) adherido al RIGI.
La Comunicación "A" 8464 resuelve un cuello de botella concreto. Una obra de miles de millones de dólares se asegura con una compañía argentina, pero el riesgo se coloca casi entero en reaseguradoras del exterior, y esa prima se paga en divisas. Hasta ahora la aseguradora local carecía de una vía específica para llegar al mercado de cambios con ese destino.
Cómo funciona el circuito
El mecanismo obliga a que los dólares del reaseguro entren desde el exterior como deuda nueva del propio proyecto y salgan casi enseguida, de modo que el Banco Central destraba la operación sin poner divisas de reserva.
La norma fija cuatro condiciones que se cumplen todas juntas.
La primera es de origen de los fondos: la aseguradora accede al mercado con dinero que el VPU le transfirió a su cuenta bancaria local. El asegurado financia el pago del reaseguro de su propia póliza.
La segunda es de trazabilidad. Esos pesos deben provenir de la liquidación en el mercado de cambios, hecha por el propio VPU, de endeudamiento financiero con el exterior o de emisiones de títulos de deuda comprendidas en el punto 3.5 del texto ordenado sobre Exterior y Cambios, con fechas de vencimiento y montos de capital compatibles con lo previsto en el punto 13.2. También se admiten los fondos encuadrados en el punto 1 de la Comunicación "A" 8426, que en abril habilitó al VPU a computar como ingreso propio las divisas que liquiden sus accionistas o los miembros de la unión transitoria que actúa como vehículo. La porción de esa deuda que se use por esta vía queda inhabilitada para computar en cualquier otro mecanismo de acceso al mercado de cambios.

La tercera es de plazo: el acceso para la precancelación debe concretarse dentro de las 72 horas hábiles de liquidado el nuevo endeudamiento por parte del VPU, o de la recepción de los fondos cuando la operación encuadra en la Comunicación "A" 8426.
La cuarta aparece cuando el VPU pidió la inscripción al RIGI previendo usar los beneficios del régimen en materia de cobro de exportaciones. En ese caso la entidad debe contar con una declaración jurada del representante legal del vehículo, o de un apoderado con facultades suficientes, dejando constancia de que el pago que hará la aseguradora quedará registrado a nombre del VPU en el sistema online del punto 14.4.2.
Además debe registrar efectivamente ese pago a nombre del vehículo en el sistema instrumentado por el Banco Central y obtener la convalidación del punto 14.4.1. El registro del pago queda en cabeza del proyecto y consume la trazabilidad del vehículo, aunque el que gira los fondos al exterior sea el asegurador.
Por qué el riesgo se asegura afuera
La razón está en el reglamento del sector asegurador. Según los especialistas consultados, el Reglamento General de la Actividad Aseguradora permite a una aseguradora ceder a reaseguradoras admitidas hasta el 75% de las primas cedidas por contrato. Ese techo se puede superar en dos casos: contratos facultativos cuyo límite a cargo del reasegurador, medido por pérdida máxima probable, alcance o supere los u$s 35.000.000, y contratos automáticos catastróficos no proporcionales por encima de ese mismo umbral.
Las obras del RIGI están muy por encima de ese piso. Las reaseguradoras admitidas son entidades extranjeras que, para inscribirse en el registro de la Superintendencia, deben acreditar un patrimonio neto no inferior a u$s 100 millones y calificación internacional de solvencia. La compañía argentina emite la póliza y cede al exterior la mayor parte del riesgo, con la prima detrás.

La plataforma oficial del RIGI lista 21 proyectos aprobados por resolución, con u$s 46.708 millones de inversión comprometida, y otros 22 en evaluación por u$s 101.241 millones. El recuento todavía no incorpora las adhesiones aprobadas a fines de julio, entre ellas la de Compañía Mega para fraccionamiento de líquidos.
Los montos mayores de la cartera aprobada son el proyecto de licuefacción de gas natural de Southern Energy en Río Negro, con u$s15.156 millones, Vicuña en San Juan, con u$s9.737 millones, y Rincón de Aranda, de Pampa Energía, en Neuquén, con u$s4.522 millones. A ellos se suman el oleoducto VMOS y San Matías Pipeline, en Río Negro, y la ampliación del Tramo I del Gasoducto Perito Moreno, todos con obra en curso y pólizas vivas.
En abril, la Comunicación "A" 8426 del BCRA había ampliado qué divisas puede computar un VPU como ingreso propio. Después, la "A" 8442 estrenó el esquema de precancelación con deuda nueva dentro de las 72 horas hábiles. La norma de esta semana aplica las dos piezas a un destino puntual, el pago del reaseguro, y repite el requisito que atraviesa a todas: los dólares los trae el privado.