El Poder Ejecutivo Nacional remitió al Congreso, un proyecto de ley que reúne en un único texto tres reformas energéticas que habían quedado fuera del Presupuesto 2026 enviado en septiembre.
La iniciativa, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2045 la estabilidad fiscal para fuentes renovables, reformula el régimen de subsidios por Zona Fría y habilita un mecanismo para que las distribuidoras y transportistas eléctricas federales cancelen deudas con CAMMESA contra los ingresos no percibidos durante la emergencia tarifaria.
A esos tres ejes el proyecto suma la derogación del Decreto 929/2013, los artículos 19 a 22 de la Ley 27.007 y el Decreto 277/2022 en el capítulo de hidrocarburos.
El paquete completo configura una arquitectura única para la negociación legislativa.
Renovables hasta 2045: el cierre de un capítulo abierto en agosto
La pieza clave del paquete renovable es la prórroga del artículo 17 de la Ley 27.191, que establece la exención de tributos específicos, cánones y regalías sobre el acceso y el uso de fuentes renovables incluidas en la Ley 26.190.
La extensión va hasta el 31 de diciembre de 2045, lo que se traduce en veinte años más de estabilidad fiscal para el sector.
El régimen original había caducado el 31 de diciembre de 2025, junto con la meta de penetración renovable del 20% que la propia Ley 27.191 había fijado para esa fecha. La industria, agrupada en la Cámara de Generadores y Cadena de Valor de Energías Renovables (CEA), reclamaba la prórroga desde el vencimiento y había hecho público el pedido a través de su presidente, Martín Brandi, también CEO de PCR.
Un proyecto previo presentado en agosto de 2025 por veinte diputados, impulsado por Martín Maquieyra y firmado por Lorena Villaverde, presidenta de la Comisión de Energía, obtuvo dictamen de comisión pero cayó con el recambio legislativo de diciembre. Un segundo intento de incluir la prórroga como cláusula en el Capítulo XI del Presupuesto 2026 también quedó fuera del texto enviado en septiembre. La iniciativa actual recoge esa demanda y la incorpora junto al resto del paquete, con la extensión hasta 2045 idéntica a la del proyecto Maquieyra.

El alcance va más allá de la simple continuidad.
La habilitación para ceder excepcionalmente contratos de abastecimiento del sector público a terceros, cuando la finalización de un proyecto de inversión en curso dependa de esa transferencia contractual, despeja un cuello operativo recurrente en proyectos cuyo cierre financiero requiere recambio de PPA.
Para los grandes generadores, Genneia, YPF Luz, MSU Green Energy, 360 Energy Solar, Central Puerto y PCR entre los principales, el horizonte fiscal hasta 2045 reacomoda los modelos de financiamiento que habían quedado en pausa entre enero y abril.
La industria movilizó más de u$s 8.000 millones en inversiones a lo largo de la vigencia del régimen y dejó instalados aproximadamente 6.000 megavatios de potencia renovable, según los datos que la propia CEA difundió durante el debate de prórroga.
Zona Fría: lo que mantienen Patagonia, Malargüe y Puna
El segundo capítulo reformula el régimen de subsidios al gas por zona fría. El texto mantiene la bonificación del 50% sobre el precio del gas, sin condición de ingresos, para los usuarios residenciales y del Servicio General P de la Patagonia, el departamento de Malargüe y la Puna, las zonas originales del régimen anterior.
El cambio profundo afecta a las áreas que habían sido incorporadas en 2022 por la Ley 27.637, clasificadas como subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI según la norma IRAM 11603/2012. Para esos usuarios, la bonificación universal del 50% se reemplaza por una bonificación adicional de alcance restringido a quienes estén inscriptos en el Subsidio Energético Focalizado (SEF), cuyo umbral de ingreso se fija en tres Canastas Básicas Totales para un Hogar 2 según el INDEC. El proyecto deroga expresamente los artículos 2°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8° de la Ley 27.637.
El argumento del mensaje al Congreso descansa en la dinámica del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas: con la alícuota del 7,5% sobre el precio del gas natural los recursos no alcanzan para sostener la cadena de pagos a distribuidoras, lo que arrastra demoras hasta los productores. La reformulación reordena ese flujo: las compensaciones se pagarán directamente a los productores con base exclusiva en el precio del gas, y los productores actuarán como agentes de percepción del recargo del 7,5% ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El régimen tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031.
El proyecto introduce además una exención al recargo del 7,5%: quedan fuera los consumos destinados a exportación de gas natural o GNL y el gas proveniente de GNL importado y regasificado. Una señal explícita al diseño cambiario de Argentina LNG y a la importación estacional de invierno.

La compensación eléctrica con CAMMESA
El tercer capítulo apunta a la deuda histórica del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
El Estado nacional calculará las diferencias de ingresos que las distribuidoras y transportistas eléctricas de jurisdicción federal, entre ellas Edenor, Edesur y Transener, dejaron de percibir durante los años de emergencia tarifaria. Ese crédito reconocido se aplicará a cancelar las deudas que esas empresas mantienen con CAMMESA bajo dos condiciones: las firmas deben abandonar todos los reclamos judiciales o administrativos vinculados, y las sumas resultantes quedan exentas del impuesto a las Ganancias.
Las distribuidoras provinciales y municipales quedan fuera del esquema. El texto aclara que el Estado nacional no asume responsabilidad por sus situaciones financieras, que serán los gobiernos locales los que deberán evaluar y eventualmente financiar el excedente. La distinción es relevante: en jurisdicciones provinciales endeudadas con CAMMESA, la lógica de compensación cruzada queda derivada al ámbito provincial.
Para las federales, la propuesta combina alivio de balance, al cancelar deuda contra crédito reconocido, y cierre de litigios pendientes. Es la misma mecánica que el Gobierno había probado en otros sectores y vuelve ahora con sello de proyecto de ley.
Por qué un solo proyecto
La arquitectura responde a una lectura del calendario legislativo. Cada uno de los tres capítulos, presentado por separado, requeriría su propia aritmética en Diputados y Senado. Reunidos en un único texto se vuelven negociables como bloque: el oficialismo busca el voto provincial sumando ganadores en cada capítulo, el sector renovable detrás de la prórroga al 2045, los productores beneficiados por la mecánica directa de pago en Zona Fría, las distribuidoras federales con el alivio de balance, y compensa con el costo político del recorte para los hogares de zonas ampliadas que pierden el subsidio.
La negociación se da, además, en un escenario que el oficialismo tensiona desde dos frentes. Por un lado, el bloque de la UCR, cuyo líder político es el gobernador de Mendoza Alfredo Cornejo, y cuya provincia perdería buena parte del beneficio de Zona Fría en sus subzonas ampliadas. Por otro, los gobernadores patagónicos, que mantienen el beneficio pleno y por lo tanto no tienen costo de votar a favor.
Para el upstream, la matriz se completa con la derogación del «decreto Chevron» y de los regímenes de acceso a divisas del 277/2022, que el proyecto cancela en el mismo texto. Lo que queda en pie en hidrocarburos es el RIGI como vehículo único para nuevas inversiones de gran escala, y los regímenes vigentes en su versión original para los proyectos ya aprobados.
El paquete reordena, en una sola pieza, el calendario de incentivos del sector energético hasta mediados de la próxima década. Lo que sigue es político: los cuatro frentes que abre el proyecto deberán negociarse en el mismo paquete.