Modifica esquema previo

Alivio fiscal para la producción de petróleo convencional: el Gobierno reduce retenciones en áreas maduras

La principal novedad es la modificación del esquema de derechos de exportación que regía desde el Decreto 488/2020. Cuando el Brent cotice por debajo o igual a 65 dólares, la retención es 0 % (sin derecho de exportación). Cuando supere o iguale los 80 dólares, se aplica la alícuota máxima del 8 %. En el rango intermedio (entre 65 y 80 dólares), la alícuota aumenta de forma gradual

Julián Guarino
por Julián Guarino 29 Enero de 2026
29 Enero de 2026
Cerro Dragón, operada por PAE
Cerro Dragón, operada por PAE

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial el Decreto 59/2026, una medida de alivio fiscal dirigida específicamente a la producción de petróleo crudo proveniente de yacimientos convencionales (áreas maduras). 

La norma busca frenar el declive estructural que afecta a campos maduros en las provincias patagónicas, preservar empleo y recuperar competitividad en un segmento que enfrenta costos operativos crecientes y agotamiento natural de la producción por el declino de los reservorios.


La principal novedad es la modificación del esquema de derechos de exportación que regía desde el Decreto 488/2020. 

Para el petróleo convencional se elevan los umbrales de precio internacional que determinan la alícuota de retención:
        •       Se fija un Valor Base de u$s65 por barril (antes u$s45 en el régimen general).
        •       Se fija un Valor de Referencia de u$s80 por barril (antes u$s60).
        •       El precio de referencia sigue siendo el promedio de las últimas cinco cotizaciones del ICE Brent primera línea (publicado mensualmente por la Secretaría de Energía).

Cerro Dragón ya comenzó el proceso para convertirse en un nuevo hub mayormente dedicado a la producción de shale, algo novedoso en la cuenca.
Cerro Dragón ya comenzó el proceso para convertirse en un nuevo hub mayormente dedicado a la producción de shale, algo novedoso en la cuenca.


Con estos nuevos parámetros:
        •       Cuando el Brent cotice por debajo o igual a 65 dólares, la retención es 0 % (sin derecho de exportación).
        •       Cuando supere o iguale los 80 dólares, se aplica la alícuota máxima del 8 %.
        •       En el rango intermedio (entre 65 y 80 dólares), la alícuota aumenta de forma gradual y proporcional al precio.
Este ajuste amplía significativamente el tramo en el que la producción convencional puede exportar sin pagar retenciones o pagando muy poco, lo que representa un beneficio concreto en escenarios de precios moderados o bajos-moderados —los más frecuentes en los últimos años para buena parte del ciclo del crudo.
 

La medida responde a acuerdos suscriptos entre el Ministerio de Economía, las provincias de Chubut, Neuquén y Santa Cruz, y la Cámara de Empresas Productoras de Hidrocarburos (CEPH). Estas jurisdicciones ya han implementado rebajas de regalías, reconversiones de concesiones y otros alivios fiscales locales para sostener la actividad en campos maduros. El decreto busca complementar esos esfuerzos con una señal desde el Estado nacional.

Cambio en el mapa productivo

Entre las empresas que desarrollan y producen petróleo convencional en las zonas mencionadas destacan varias operadoras independientes y medianas que han tomado protagonismo tras el retiro progresivo de YPF de áreas maduras. 

En Santa Cruz (principalmente Cuenca del Golfo San Jorge norte), operan compañías como Patagonia Resources S.A., Clear Petroleum S.A., Roch Proyectos S.A.U., Azruge S.A., Brest S.A., Quintana E&P Argentina S.R.L. y Quintana Energy Investments S.A., que recientemente asumieron bloques cedidos por YPF. En Chubut, se destacan Pan American Energy (PAE) —líder en producción convencional con campos como Cerro Dragón—, PECOM (del grupo Pérez Companc) en áreas como El Trébol-Escalante y Cañadón Perdido, Crown Point Energy en El Tordillo, y remanentes de YPF en transición. 

En Neuquén (y parte de Río Negro para áreas maduras), aunque el foco es no convencional, operadoras como Petrolsur Energía, Oilstone Energía y algunas participaciones menores de grandes como PAE o Vista Energy mantienen producción convencional en yacimientos legacy. Muchas de estas empresas forman parte o se alinean con los objetivos de la CEPH para revitalizar el segmento convencional.
Importante: el beneficio aplica solo al petróleo convencional (posición arancelaria NCM 2709.00.10). El régimen original del Decreto 488/2020 se mantiene intacto para el crudo no convencional (principalmente Vaca Muerta). Para evitar mezclas o abusos, la Secretaría de Energía tendrá 60 días para definir cómo certificar, en cada exportación, la proporción real de crudo convencional proveniente de cada área o concesión.
La norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación, pero los efectos plenos dependen de las normas complementarias que dicte Energía en el plazo máximo de dos meses. Se da cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.
 Con este cambio, el Gobierno apunta a incentivar inversiones marginales en yacimientos convencionales, fortalecer el impulso exportador del sector hidrocarburífero y acompañar la sostenibilidad de una industria que sigue siendo clave para el empleo y la economía regional en Patagonia.


Texto completo en el Boletín Oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/337898/20260129.

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